¿Te han llamado para ofrecerte un crédito?

21/04/2020

Suena el teléfono y ves un número desconocido en la pantalla. Lo coges y, al otro lado, un operador te ofrece un crédito... Es una situación cada vez más frecuente. Pero, ¿qué derechos tienes como consumidor en estos casos? Te los resumimos a continuación.

Al principio de la conversación, debes saber que se te tiene que indicar claramente la identidad del proveedor de servicios financieros y el fin comercial de la llamada.

Posteriormente, y previa aceptación expresa por tu parte, te deberán proporcionar, únicamente, cierta información:

  • La identidad del operador y su vínculo con el proveedor de servicios financieros;
  • Una descripción de las características principales del crédito, entre las que se encuentran las siguientes:
  • El importe total del crédito, su duración y las condiciones que rigen la disposición de fondos;
  • En caso de que el crédito sirva para financiar un producto o servicio, su precio al contado;
  • El tipo deudor y las condiciones de aplicación de dicho tipo;
  • El importe, el número y la periodicidad de los pagos que deberás efectuar;
  • Los servicios accesorios al contrato de crédito y, en particular, el seguro;
  • La TAE del crédito ilustrada mediante un ejemplo representativo, y el importe total adeudado.
  • El precio total que deberás pagar, incluidos todos los impuestos pagados a través del proveedor. Cuando no se te pueda indicar un precio exacto, deberán decirte, al menos, la base del cálculo que te permita comprobar el precio;
  • Una indicación de que pueden existir otros impuestos o gastos que no se paguen a través del proveedor o que no los facture él mismo;
  • La existencia o inexistencia de tu derecho a desistir del contrato, su duración y las condiciones para ejercerlo.

Si hay información adicional, se te dirá el tipo de información de que se trata y que puedes acceder a ella previa petición por tu parte.

En todo caso, si tienes dudas sobre el crédito o sus condiciones, exige que te den las explicaciones y aclaraciones que necesites.

Finalmente, en caso de que decidas contratar, te deben hacer llegar, inmediatamente después de la llamada, la información precontractual y contractual pertinente, en soporte papel u otro soporte duradero accesible por tu parte.

Un consejo:

No tengas prisa para contratar, no tienes que aceptar el crédito en esa llamada. Y no te dejes cautivar por consignas tales como “es una oferta limitada”, “sólo para ti” , “24 horas” o similares. Si te surge alguna duda sobre las condiciones que te ofrecen, echa un vistazo a nuestra sección de préstamo personal y crédito al consumo. Además, si lo que quieres es comprobar el coste de tu crédito, consulta nuestro simulador.

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