Monedas virtuales ¿Nuevas formas de dinero?

08/02/2019

En los últimos años se ha multiplicado la emisión y el uso de las llamadas monedas virtuales o criptomonedas. Existen más de 1.500 monedas virtuales en circulación. En septiembre de 2018 se calculaba que las monedas virtuales movían en el mercado casi 200.000 millones de dólares.

Las primeras monedas virtuales surgieron en el año 2009 como consecuencia de los recientes desarrollos tecnológicos. Existen muchos tipos de monedas virtuales. Aunque la pionera y la más popular es el bitcoin, hay muchas otras, (las más conocidas son litecoin, dashcoin, peercoin, dogecoin;etc…)

Estas monedas se caracterizan por:

  • no tener un emisor concreto

  • no estar bajo control de ningún gobierno o Banco Central

  • su ámbito de aplicación es global. No está centralizado en una zona geográfica o en un colectivo determinado

  • se extienden a través de Internet

Probablemente, te hayas preguntado alguna vez si las monedas virtuales pueden sustituir al dinero. No. Estas monedas no son un medio de pago o intercambio común y generalmente aceptado. De hecho, el término de monedas puede resultar ciertamente equívoco y, por ello, su denominación ha evolucionado recientemente hacia activos virtuales o criptoactivos.

¿QUÉ SON LAS CRIPTOMONEDAS O MONEDAS VIRTUALES?

El Banco Central Europeo fue uno de los primeros organismos que definió las monedas virtuales como “un tipo de dinero no regulado, digital, que se emite y por lo general se controla por sus desarrolladores, y que es utilizado y aceptado entre los miembros de una comunidad virtual determinada” (Informe de octubre de 2012).

No existe unanimidad en torno a la definición, ya que se discute si se trata de un medio de pago o de un medio de intercambio. El matiz es importante ya que si se considera una cosa u otra podría exigirse o no una autorización previa para operar a aquellas entidades que tengan por actividad la emisión de monedas virtuales.

Hoy por hoy, en el ámbito de la UE, las criptomonedas se definen en la Directiva (UE) 2015/849Abre en ventana nueva como representación digital de valor no emitida ni garantizada por un banco central ni por una autoridad pública, no necesariamente asociada a una moneda establecida legalmente, que no posee el estatuto jurídico de moneda o dinero, pero aceptada por personas físicas o jurídicas como medio de cambio y que puede transferirse, almacenarse y negociarse por medios electrónicos.

¿CÓMO FUNCIONAN LAS MONEDAS VIRTUALES?

El funcionamiento de las monedas virtuales es complejo de comprender sin conocimientos en nuevas tecnologías. Las criptodivisas no tienen aparejadas ni billetes ni monedas físicas.

La mayoría son cuasianónimas, ya que las transacciones se registran de modo que los usuarios son conocidos solo por sus direcciones públicas de moneda virtual, sin poder obtener fácilmente su identidad real. Estas transacciones se  basan en la tecnología blockchain.

Las monedas virtuales se emiten a través de entes privados y están denominados en su propia unidad de cuenta. El valor de las monedas digitales depende únicamente de que haya otros usuarios dispuestos a adquirirlas.

¿QUÉ GARANTÍAS OFRECEN LAS MONEDAS VIRTUALES?

En la actualidad, no hay ningún Estado en el que moneda virtual alguna sea de curso legal.

Las transacciones se hacen sin intermediarios, directamente de persona a persona, a través de determinadas webs que carecen de supervisión ya que es  una actividad no regulada.

¿DÓNDE PUEDO UTILIZAR LAS MONEDAS VIRTUALES?

El bitcoin y las criptomonedas, en general, solo se pueden utilizar en aquellas webs (tienda online) que acepten este tipo de monedas.

Fuera del mundo de la compra online, también existen algunos establecimientos físicos que aceptan monedas virtuales.

RIESGOS DE LAS CRIPTODIVISAS

Las monedas virtuales plantean importantes riesgos para los consumidores.

  • Alta volatilidad. Las criptodivisas están sujetas a fuertes oscilaciones ya que su valor depende de que haya otros usuarios dispuestos a adquirirlas. Además, la formación del precio no es transparente y podría manipularse.

  • Ciberseguridad. La seguridad en las transacciones con monedas virtuales no es la misma que en sistemas de pago tradicionales. Existen múltiples incidentes operativos y de robos a través de ataques informáticos.

  • Dificultad para garantizar los derechos de los consumidores. En caso de adquisición de bienes y servicios mediante monedas virtuales, para cualquier consumidor sería misión imposible reclamar sus derechos si surgiera un problema con el pago o con el producto adquirido.

REGULACIÓN DE LAS CRIPTOMONEDAS EN ESPAÑA

En España no se ha aprobado por el momento ninguna Ley sobre las criptomonedasAbre en ventana nueva.

Por tanto, las empresas o plataformas de intercambio de criptomonedas no se encuentran reguladas en nuestro ordenamiento jurídico, ni son supervisadas en forma alguna, ni están acogidas a sistemas de garantía de depósitos como es el Fondo de garantía de depósitosAbre en ventana nueva creado por el Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre.

El Banco de España, en consecuencia, no autoriza empresas o plataformas de intercambio de criptomonedas.

Fuente: Monedas virtuales y locales: Las paramonedas ¿Nuevas formas de dinero? María Ángeles Nieto Giménez-Montesinos y Joaquín Hernáez Molera.

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