¿Qué información me dará el notario cuando firme mi hipoteca?

05/04/2022

El préstamo hipotecario que vas a firmar y su garantía (la casa que vas a adquirir) deben constar en documento público para quedar legalmente constituidos. Y para ello, la intervención de un notario se convierte en un acto imprescindible.

Eso sí, recuerda que el prestatario dispone de libertad de elección de la notaría y que las entidades financieras no pueden imponerla.

La Ley 5/2019Abre en ventana nueva de contratos de crédito inmobiliario obliga al notario a ofrecer una información exhaustiva de la hipoteca constituida, además de dar fe de su constitución

  • El notario debe verificar la entrega de la documentación exigida (Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y la Ficha de advertencias Estandarizadas (FiAE)) en los plazos establecidos.
  • Debe responder a las cuestiones planteadas por el prestatario y, en todo caso, prestar asesoramiento personalizado sobre la documentación que le ha sido facilitada por parte de la entidad.
  • Debe realizar un test al prestatario sobre la documentación entregada y la información suministrada.
  • Finalmente, extenderá un acta en la que se recogerán los detalles del asesoramiento brindado y en la que se destacará que el prestatario ha comprendido y aceptado la documentación sobre la hipoteca que el banco ha entregado. Sin esta acta, no habrá escritura.

Este asesoramiento personalizado del notario, derivado de la nueva ley hipotecaria, es obligatorio y gratuito, por ello, no podrá sumarse a la minuta establecida por la constitución de la hipoteca.

Por esta razón, no te extrañes si el notario te examina sobre tu conocimiento de los términos de la operación: es un requisito legal destinado a mejorar la transparencia y, por lo tanto, tu protección.

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