Objetivo: Tarjetas revolving

09/10/2020

El Banco de España está prestando especial atención al modo en que las entidades cumplen la normativa de transparencia en la comercialización y contratación de sus tarjetas revolving.

Con este fin, realizó durante 2019 un análisis de las condiciones de comercialización de dichas tarjetas en 26 de las entidades supervisadas más activas en este mercadoAbre en ventana nueva.

El resultado de ese análisis desembocó en que el pasado verano se remitieran escritos a 24 de dichas entidades con diversos requerimientos y recomendaciones. Hay otras dos entidades en las que se sigue profundizando el estudio.

Con estos escritos y con las acciones que siguen en curso, el Banco de España pretende mejorar las condiciones de transparencia en la comercialización y contratación de las tarjetas revolving: en la información publicitaria, en la obligación de las entidades de proporcionar explicaciones adecuadas a los clientes, en la información precontractual que han de facilitarnos y en la relación que han de mantener con nosotros una vez contratada la tarjeta.

Pero para que mejore la comercialización de estos productos y se eviten efectos indeseados, los clientes hemos de ser igualmente responsables y considerar detenidamente algunos aspectos.

Desde el Portal del Cliente Bancario iremos desgranando en las próximas semanas información que te puede interesar si has contratado o deseas contratar una tarjeta revolving.

 

Además, no olvides que a partir del 2 de enero de 2021, empezarán a entrar en vigor las distintas partes de la nueva orden ministerial relativa al crédito revolving, que incorpora mejoras destinadas a aumentar la transparencia con los clientes y a prevenir futuras situaciones de endeudamiento insostenible mediante el fortalecimiento de la evaluación de solvencia que las entidades deben realizar antes de conceder el crédito revolving.

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