¿Qué pasa si fallece el titular de una cuenta? Cómo se acredita la condición de heredero

Cuando fallece uno de nuestros seres queridos nos toca la inopinada tarea de poner en orden sus últimas voluntades. Y también sus finanzas, incluido, en su caso, el destino del dinero que tenga depositado en cuentas bancarias.

Si somos sus herederos, tendremos interés, lógicamente, en obtener información sobre dichas cuentas (movimientos, recibos cargados etc.) o realizar la adjudicación de su saldo. Lo normal es que en estos azarosos momentos nos surjan todo tipo de dudas. Cada martes intentaremos resolver las dudas más frecuentes.

¿Cómo se acredita la condición de heredero?

Lo normal es que las entidades nos pidan el certificado de defunción de su cliente, el certificado del Registro de Actos de Última Voluntad, así como copia autorizada del último testamento o de la declaración de herederos abintestato. Para la disposición de los fondos, además, tendrá que aportarse la documentación justificativa de la aceptación, partición y adjudicación de la herencia.

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