¿Cuál es la función de un aval?

La función de un aval es servir de garantía para el cumplimiento de obligaciones, asumiendo el pago de una deuda de otra persona si esta última no lo hace.

El aval es un contrato por el que una persona física o jurídica garantiza o asegura el cumplimiento de obligaciones, asumiendo el pago una deuda de otra persona si esta no lo realiza.

Los avales, también suelen denominarse “fianzas”, “afianzamientos” o “garantías personales” y el avalista se compromete al cumplimiento de la obligación con todos sus bienes, salvo que se establezcan límites a esa responsabilidad.  

¿Quiénes pueden pedir un aval y en qué situaciones?

  • Entidades cuando conceden un préstamo, siendo las beneficiarias del aval. 
  • Administraciones Públicas cuando contratan con un particular. 

Un particular a otro en relación con algún contrato, por ejemplo, de arrendamiento.

 

Para saber más sobre los avales, consultar nuestra Memoria  (172 KB)

 ¿Qué debe contener un aval bancario?

El aval es un contrato privado y sus características serán las establecidas en el contrato, que deberá contener, entre otros:

  • La identificación de avalista, avalado y beneficiario del aval.
  • La concreción de la obligación garantizada.
  • En su caso, el plazo de duración y, en su caso, exigibilidad de la garantía.
  • Los requisitos para que el beneficiario pueda ejecutar el aval o exigir su cumplimiento.
  • Las condiciones para la cancelación si no hay fecha concreta de terminación.
  • En los prestados por entidades, comisiones y gastos a pagar por el avalado.
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