Servicio de caja

Es un servicio asociado a la cuenta corriente que consiste en que el banco recibe ingresos y hace pagos en nombre del cliente, en cumplimiento de las órdenes que hayamos formulado.

Es el rasgo fundamental de la cuenta corriente, mediante el cual la entidad se compromete a realizar por cuenta de sus titulares los cobros y pagos que le ordenen, como por ejemplo abonos, transferencias, recibos domiciliados, ingresos o retiradas en efectivo o pago de cheques.

La forma de prestar el servicio de caja y sus requisitos, serán los que se acuerden al abrir la cuenta, por lo que antes de contratarla la entidad deberá informate de:

  • Los canales que tendrás a tu disposición para la prestación del servicio y de los que no
  • Las limitaciones en cuanto a la forma, lugar u horario para prestar el servicio de caja
  • La red de oficinas o de sucursales de que dispone la entidad y que puede facilitar la operativa

La entidad suele prestar el servicio de caja de forma gratuita, pero puede cobrar comisión por las operaciones derivadas de este servicio.

Para atender la retirada de dinero o realizar los pagos derivados del servicio de caja, debe haber dinero suficiente. No obstante, si la entidad lo permite y no se acordó lo contrario, puede anticiparte el dinero mediante un descubierto en cuenta.

Prestar el servicio de caja, obliga al banco a comunicar de forma gratuita:

  • Un extracto mensual de movimientos de tu cuenta, con la fecha, concepto e importe de cada operación
  • Un resumen de las comisiones e intereses que te cobró el año anterior en el mes de enero de cada año.
  • Un documento cada vez que liquide intereses y comisiones, y una copia de la información relativa a las operaciones realizadas a través de la cuenta.

 

Para más información sobre información periódica, consulta nuestra Memoria  (97 KB)

¿Te ha parecido útil esta información?

CONSULTAS FRECUENTES