Gastos asociados a la hipoteca

Solo por servicios relacionados con los préstamos solicitados en firme o aceptados expresamente por el prestatario y que respondan a servicios prestados o gastos habidos.

Retribuye a la entidad por las gestiones administrativas realizadas para formalizar la hipoteca, con los gastos de estudio, tramitación o concesión del préstamo. Si el préstamo es en divisas, incluye la comisión por cambio de moneda.

Los gastos de notario son los que se producen por el otorgamiento de la escritura pública de compra-venta. Los costes del notario son fijados por normativa, su cuantía depende del importe del inmueble y el banco asume su coste.

Las entidades suelen exigir que ciertos trámites necesarios para la contratación de la hipoteca (comprobación registral,  liquidación de impuestos o inscripción en el Registro) se realicen por una gestoría, que normalmente también se encargará de inscribir la escritura de compra-venta de la vivienda.

A la hora de comprar una vivienda interesa saber su estado a efectos registrales. El medio más habitual para informarse es solicitar una nota simple en el Registro de la PropiedadAbre en ventana nueva. Los datos que contiene son descripción, ubicación, propietarios, cargas y notas complementarias.

  • Deberá realizarla una sociedad de tasación independiente del prestamista y el coste lo asume el cliente.
  • Es una valoración que sirve para establecer el valor de un bien de acuerdo con unos criterios y metodología adecuados regulada en el Real Decreto 775/1997.Abre en ventana nueva
  • Es necesaria para que el banco sepa cuál es el valor de la vivienda y el riesgo que asume con la concesión de la hipoteca y la realizan tasadoras homologadas y supervisadas por el Banco de España y publicada a través del Registro oficial de entidadesAbre en ventana nueva.
  • Como decíamos, la tasación la paga el cliente, lo que le da derecho a recibir del banco una copia o el original si la hipoteca no llega a formalizarse. Si la tasación la realiza la entidad, el cliente tiene derecho a conocer el precio y la identidad de la tasadora.
  • Desde diciembre de 2007, con la reforma de la Ley 2/1981, de 25 de marzoAbre en ventana nueva , las entidades, deben aceptar la  tasación aportada por el cliente siempre que esté certificada por un tasador homologado y no esté caducada. La entidad podrá realizar las comprobaciones que estime convenientes de la tasación presentada, pero no podrá cobrarle nada por dichas comprobaciones.

Desde la entrada en vigor de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, el reparto de gastos de formalización de la hipoteca es el siguiente: tú pagarás la tasación mientras que el banco asumirá el coste del notario, registro, impuestos y gestoría.

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