Seguros hipotecarios

Al solicitar una hipoteca, es frecuente que el banco ponga como condición la contratación de algún seguro. Aunque no es obligatorio contratarlos, si lo haces suelen reducir el diferencial del tipo de interés, por lo que puede resultarte interesante.

  • En primer lugar, informarte de ello en la ficha de información precontractualAbre en ventana nueva (FIPRE), que debe contener información sobre los seguros que deban suscribirse para conseguir la hipoteca en las condiciones ofrecidas.
  • En segundo lugar, la información sobre los seguros que haya que firmar para beneficiarse de las condiciones de la hipoteca, también deberá recogerse en la ficha Europea de Información Normalizada (FEIN), que se te entrega de forma gratuita con, al menos, diez días naturales de antelación a la fecha de firma de la escritura.

Cuando el banco y la compañía de seguros, pertenezcan al mismo grupo, el banco debe velar especialmente porque estés bien informado y conozcas la situación del seguro vinculado a la hipoteca. Como antes señalamos, en caso de suscripción de una póliza de seguro en garantía del cumplimiento de obligaciones o de seguro de daños, el banco puede proponer una determinada compañía pero tendrá que aceptar pólizas alternativas a la ofrecida por él, sin que ello perjudique las condiciones ofertadas para el préstamo ni suponga coste adicional para el cliente. Debes revisar estas condiciones al leer la FIPER y, posteriormente, la FEIN.

En concreto, de conformidad con las buenas prácticas y usos financieros:

Cuando se deje de pagar algún recibo del seguro, el banco, debería informarte tan pronto como conozca este incumplimiento y asegurarse de que has recibido la comunicación por parte de la compañía de seguros.

Igualmente, tu banco no debe permitir que una vez cancelada la hipoteca, mantengas contratados los seguros, sin informarte de ello.

  • Este seguro es obligatorio a la hora de contratar una hipoteca.

    Al ser la vivienda la garantía del banco, si se destruyese, le perjudicaría enormemente. Este seguro,evita esta situación de riesgo.

    Normalmente, el banco te exigirá que asegures la vivienda por el valor de tasación excluyendo los elementos no asegurables por naturaleza, en particular el suelo.

    Las compañías de seguros suelen comercializarlos como seguros de carácter anual renovable o como seguros de duración plurianual a prima única.

    Es habitual que el contrato de hipoteca incluya una cláusula en la que se te obliga a mantener vigente el contrato, de tal forma que si tú no lo haces el banco puede contratarlo a tu nombre. En este último caso, el banco debe informarte previamente de las características esenciales del seguro (prima, riesgos cubiertos, sumas aseguradas).

  • Protege ante el posible impago de la hipoteca por tu parte, en caso de muerte o invalidez.

    Puede suscribirse estableciendo como suma asegurada el importe de la hipoteca y designando al banco beneficiario por el importe pendiente de amortizar y al asegurado por el resto.

    También puede suscribirse estableciendo como suma asegurada el capital pendiente de desembolso de la hipoteca (o a un porcentaje de ésta), durante toda su duración, siendo el banco el beneficiario con carácter irrevocable.

    De acuerdo con las buenas prácticas y usos en el ámbito de los seguros privados, si decides cancelar un seguro de vida a prima única por haber cancelado la hipoteca, la compañía de seguros, salvo que el contrato diga otra cosa, debe devolverte la prima proporcionalmente correspondiente al tiempo no consumido

  • Destinado a garantizar el pago a la entidad en caso de de desempleo o incapacidad temporal del asegurado mientras dure esta situación.

    Se suelen comercializar de forma independiente, o como cobertura adicional dentro de un seguro de vida.

 

Para saber más sobre seguros que guardan relación con una hipoteca, consulta la página de la Dirección General de Seguros y Fondos de PensionesAbre en ventana nueva

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