Comisión por gestión de protesto ante notario

Cuando vas a cobrar un cheque y resulta impagado porque el librador no tenga fondos, antes de la expiración del plazo de su presentación, debe hacerse la gestión de protesto ante notario, acto formal exigido por la ley para demostrar que no se atendió el pago.

Esta gestión la realiza la entidad librada y consiste en acudir al notario para protestar el cheque. Suele ser una cantidad fija y la paga quien lo haya presentado al cobro.

¿Qué requisitos se deben cumplir para cobrar esta comisión?

  • Las comisiones que cobran las entidades son libres, salvo en los casos en los que están limitadas legalmente. En el caso de la comisión por gestión de protesto ante notario no hay limitación por lo que cada entidad puede establecer la comisión que decida.
  • La entidad deberá informarte de su importe, antes de realizar la operación.
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