Comisión por modificación de condiciones o garantías de una hipoteca

Durante la vida de tu hipoteca, será posible solicitar a tu banco la modificación de alguna de las condiciones inicialmente pactadas, lo que se conoce como novaciónAbre en ventana nueva. Esto implica que la entidad deberá realizar gestiones para modificar el contrato así como el análisis de riesgos que pueda suponerle dicha modificación. Por todo ello, podrá cobrar esta comisión.

¿Qué requisitos se deben cumplir para poder cobrarla?

  • Las comisiones que cobran las entidades son libres, salvo en los casos en los que estén limitadas legalmente.
  • La comisión por modificación de condiciones suele estar pactada inicialmente. Puede ser un importe fijo, un porcentaje del importe vivo de la operación o bien, si se produce una ampliación del importe o riesgo de la operación, puede estar referenciada a dicho importe adicional.
  • En el caso de novación del plazo de vencimiento, la comisión está limitada legalmente, no pudiendo exceder del 0,1 % del capital pendiente de amortizar. 
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