Amortización anticipada de un crédito al consumo: ¿qué derechos te asisten?
29/10/2026
Si pediste un crédito al consumo, puedes devolverlo antes de la fecha prevista, tanto todo el dinero pendiente como solo una parte. Y puedes hacerlo en cualquier momento. Esta operación se llama amortización o reembolso anticipado.
Si devuelves el préstamo antes de la fecha prevista, la entidad financiera debe descontar la parte de los intereses y de otros gastos que corresponda al tiempo restante del contrato. Por ejemplo, si el préstamo tenía una duración de cinco años y lo devuelves al cabo de tres, deberías ahorrarte los costes correspondientes a los dos años restantes.
¿La devolución incluye también la comisión de apertura?
Sí. La comisión de apertura es la cantidad que algunas entidades cobran al formalizar un préstamo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha establecido que la reducción debe incluir todos los gastos pagados por el préstamo. Esto incluye también los gastos que no dependen de su duración, como la citada comisión de apertura.
Por tanto, si amortizas tu préstamo, la entidad financiera deberá devolverte parte de esta comisión. Si no hay acuerdo sobre la cantidad que debe devolverte o sobre la forma de calcularla, corresponde a los tribunales de justicia dirimir las diferencias.
¿Y si ejerces el derecho de desistimiento?
El derecho de desistimiento te permite cancelar tu contrato de crédito sin penalización durante los catorce días naturales siguientes a la firma. Así lo establece la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo.
La sentencia del Tribunal de UE que antes mencionábamos, se refería a la devolución anticipada de un préstamo, aunque contempla que el mismo criterio debe aplicarse cuando una persona desiste del contrato. Por tanto, según las buenas prácticas bancarias, tu entidad también debería devolverte parte de la comisión de apertura en ese caso.
¿Puede tu entidad financiera cobrar alguna compensación?
Sí, pero solo en algunos casos. Si el préstamo tiene un tipo de interés fijo, tu entidad financiera puede cobrarte una compensación por los costes que le cause directamente la devolución anticipada. La ley establece estos límites:
- Hasta el 1 % de la cantidad amortizada, si falta más de un año para que termine el contrato.
- Hasta el 0,5 % de la cantidad devuelta, si restan un año o menos.
Excepcionalmente, las entidades podrían cobrarte una cantidad superior, pero estarían obligadas a demostrar que la devolución anticipada les ha causado una pérdida económica directa mayor que esos límites.
Descuentos por financiar la compra de un vehículo
Algunas entidades ofrecen un descuento si financias la compra de un vehículo. Antes de firmar, comprueba si el contrato te obliga a devolverlo en caso de amortización total.
La entidad financiera debe explicar con claridad tanto en el contrato de préstamo como en la información previa:
- el descuento que recibes;
- las condiciones para conservarlo;
- cuando tendrás que devolverlo;
- y cualquier penalización por cancelar antes la financiación.
La penalización y la devolución del descuento son costes diferentes. Si surge un desacuerdo, la entidad deberá demostrar la pérdida económica que ha sufrido y justificar la cantidad que reclama.
En resumen:
✅ Puedes devolver tu crédito al consumo antes de tiempo, de forma total o parcial.
✅ Tienes derecho a que se reduzcan los intereses y los demás costes del préstamo.
✅ Esta reducción incluye la parte proporcional de la comisión de apertura.
✅ Según las buenas prácticas bancarias, este criterio también debe aplicarse si desistes del contrato.
✅ Tu entidad financiera solo puede cobrarte una compensación en los casos previstos por la ley y dentro de los límites establecidos.
✅ Si amortizas el préstamo que pediste para comprar un vehículo, es posible que pierdas el descuento aplicado en el precio.