¿Cuándo puede tu entidad cobrarte gastos de correo?

08/10/2026

Aunque cada vez es menos habitual, todavía puedes encontrar en tus extractos bancarios pequeños cargos llamados “gastos de correo” o “correo y comunicaciones”. Como suelen ser importes reducidos, pueden pasar desapercibidos. Sin embargo, las entidades financieras no pueden cobrarlos de forma libre ni automática.

Por ejemplo, las entidades no pueden cobrarte por pasarte la información que deben facilitarte por ley, como el extracto mensual con los movimientos de tu cuenta corriente.

Las entidades financieras solo pueden cobrarte gastos de comunicación en estos casos concretos:

  • (i) Cuando solicites información adicional a la que la entidad debe proporcionarte obligatoriamente.
  • (ii) Cuando reclames la información con más frecuencia de la prevista por ley o de la acordada en el contrato.
  • (iii) Cuando la pidas recibir por un medio distinto de que figura en el contrato de tu cuenta.

Si repasas tus movimientos y te topas con un cargo por correo, tu entidad debe explicarte con claridad por qué concepto te lo ha cobrado.

Además, recuerda estas reglas:

✅ Tu entidad solo puede cobrarte el coste real del envío. No puede obtener un beneficio con este cargo.

❌ Si una carta incluye varios documentos, la entidad no puede cobrarte un gasto de correo por cada documento.

❌ No puede cobrarte todo el coste del envío si incluye publicidad, información de su interés u otros contenidos que no has solicitado.

❌ No puede cobrarte gastos de correo si has indicado que no quieres recibir correo postal.

Revisa cualquier cargo por gastos de correo que aparezca en tu cuenta. No basta con que la entidad lo incluya en el extracto. También debe explicar el motivo del cargo y justificar su importe. Si no te ofrece una explicación adecuada, puedes pedir más información y, si corresponde, reclamar la devolución del dinero.

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