Productos combinados y vinculados
12/01/2023
Seguro que te ha pasado más de una vez: entras al súper a comprar el pan y sales con un par de cosas más. Esta escena tan cotidiana nos puede suceder cuando vamos a contratar un producto financiero, pues las entidades nos pueden ofrecer varios productos y servicios junto con el que nosotros queremos contratar.
Esta situación es más frecuente a la hora de solicitar financiación, momento en el que el cliente puede verse más abocado a aceptar ciertas condiciones de la entidad al necesitar esos fondos con mayor o menor urgencia. Y ha sido especialmente común en el caso de los préstamos hipotecarios. Por este motivo, y con el objetivo de proteger al consumidor, la normativa regula la venta de productos o servicios juntos a los préstamos hipotecarios, distinguiendo entre productos vinculados y combinados:
- La venta vinculada se da cuando el préstamo se ofrece dentro de un paquete con otros productos y debe ser obligatoriamente contratado con ellos. Esta práctica no está permitida, con algunas excepciones como la vinculación con la apertura de cuentas de ahorro o corrientes necesarias para la liquidación de los pagos del préstamo. También se permite a los prestamistas exigir seguros de daños o de amortización, pero con la obligación de que el cliente pueda elegir asegurador, es decir, no pueden imponer la aseguradora.
- En el caso de la venta combinada, se puede ofrecer el paquete de productos, pero también han de ofrecerse éstos mismos de manera individualizada, de manera que el prestatario pueda contratar únicamente la financiación. La entidad debe advertir las diferencias entre una oferta y otra. Con frecuencia, la contratación de productos/servicios accesorios implica una mejora en las condiciones del préstamo.
Cuando recibimos ofertas de distintas entidades en las que el préstamo se acompaña de otros productos y servicios, resulta más difícil su comparación. Las entidades están obligadas a realizar ciertas advertencias y a facilitarnos algunos datos concretos sobre estos productos en la información precontractual para facilitarnos esa comparación, pero hay algunas cosas que no debes olvidar para poder realizar un buen análisis de tus alternativas:
- Analiza si los productos que te ofrecen tienen alguna utilidad para ti, y no duplican algo que ya tengas contratado.
- Compara las alternativas que te ofrecen otros proveedores para esos productos adicionales.
- Ten en cuenta la rebaja de tipos que puede significar su contratación, pero también los costes que implica (por ejemplo, el contratar un seguro te puede bajar un 0,3% en el tipo del préstamo, pero no puedes olvidar la prima que tendrás que pagar todos los años).
- Calcula el efecto que, en su caso, tendría la cancelación de estos productos.
- Pondera los beneficios y el riesgo de pérdidas que pueden incorporar los productos asociados, en el caso de productos de inversión.
Estudia con detenimiento la información precontractual que te den para poder hacer una buena comparación de las ofertas recibidas. Los simuladores también pueden servirte de ayuda.