¿Regalitos o remuneración en especie?

22/08/2018

Cuando depositamos dinero en un banco y a cambio nos ofrecen una tableta, un ipad o una vajilla, no nos están regalando nada, nos están ofreciendo una remuneración, pero en lugar de ser en efectivo, en especie.

¿Podemos disfrutar del objeto tranquilamente sin preocuparnos de nada más? No exactamente...

  • Recuerda que el producto que te ofrecen no es un regalo, sino una remuneración a cambio de un compromiso. Por ejemplo, domicilias tu nómina durante 18 meses y a cambio recibes una televisión.
  • La entidad deberá informarte de las condiciones para poder disfrutar del producto, ya que si las incumples, serás penalizado. En el ejemplo anterior, si transcurridos 12 meses dejas de domiciliar la nómina, deberás pagar a la entidad una cantidad que vendrá recogida en el contrato.
  • El producto entregado se considera retribución en especie a efectos fiscales. Es decir, está sujeto a tributación y, por tanto, deberás considerarlo cuando hagas la Declaración de la Renta. La entidad deberá informarte del valor del producto y de la retención a cuenta practicada.
  • No te dejes llevar, infórmate y compara el valor del bien con el rendimiento que obtendrías con una retribución en efectivo.
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