Modificaciones en tu cuenta: tienes un aviso pendiente

15/12/2022

Es importante que sepas que tu banco puede modificar las condiciones de tu cuenta corriente siempre y cuando te lo comunique de forma previa, con dos meses de antelación a la entrada en vigor de los cambios previstos. Esta comunicación debe hacerse en papel u otro soporte duradero (por ejemplo, tu buzón en la app o en la web de banca virtual) y no puede entregártela junto con otros documentos de liquidación de las operaciones donde esa información podría pasar desapercibida.

Siempre que el banco se comunique contigo a través de medios telemáticos, además de mandarte un mensaje al buzón de tu banca online, deben mandarte un SMS o un e-mail avisándote de que tienes ese mensaje en el buzón. Es decir, se requiere un comportamiento activo por parte de la entidad destinado a poner en conocimiento del usuario la existencia y disponibilidad de la información (modificación contractual).

Si en algún momento tienes alguna desavenencia con tu banco por haberse empezado a aplicar los cambios en cuestión sin que tengas constancia de haber recibido la comunicación, es tu banco quien debe demostrar que ha cumplido con los requisitos de información establecidos en la normativa de servicios de pago, entre los que se encuentra el de preaviso de las modificaciones contractuales.

Por ello, en los casos en los que esa disconformidad se traduce en una reclamación ante el Banco de España y el reclamante niega en repetidas ocasiones haber recibido la comunicación del cambio de condiciones contractuales, la entidad debe demostrar que la parte reclamante fue avisada de las modificaciones contractuales objeto de controversia a través del medio pactado.

Sé responsable y revisa habitualmente tu buzón virtual. Puedes tener información importante a tu disposición y no haberte dado cuenta. Así podrás conocer qué condiciones rigen tus relaciones bancarias y evitar sorpresas.

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