Prevención y lucha contra el intrusismo financiero
16/10/2025
Las personas y empresas financieras que desean operar en España deben estar autorizadas o registradas en el Banco de España para poder prestar determinados servicios o usar algunas denominaciones.
Una de las funciones del Banco de España es la supervisión de quienes, pese a no estar inscritos en nuestros registros oficiales, ofrecen o realizan actividades reservadas y usan indebidamente denominaciones reservadas. Son los coloquialmente conocidos como «intrusos».
Los usuarios de servicios financieros debemos conocer qué productos solo pueden ser prestados por las personas o empresas registradas o autorizadas por el Banco de España y qué denominaciones pueden utilizar, así como los riesgos que asumimos si contratamos con sujetos no autorizados.
Por ello, vamos a publicar durante las siguientes semanas una serie de posts para familiarizarnos con los siguientes conceptos:
- Reserva de actividad
- Reserva de denominación
- Captación de fondos reembolsables del público
- Servicios de pago
- Intermediación y concesión de crédito inmobiliario
Más información aquí.Abre en ventana nueva