Prevención y lucha contra el intrusismo financiero

16/10/2025

Las personas y empresas financieras que desean operar en España deben estar autorizadas o registradas en el Banco de España para poder prestar determinados servicios o usar algunas denominaciones.

Una de las funciones del Banco de España es la supervisión de quienes, pese a no estar inscritos en nuestros registros oficiales, ofrecen o realizan actividades reservadas y usan indebidamente denominaciones reservadas. Son los coloquialmente conocidos como «intrusos».

Los usuarios de servicios financieros debemos conocer qué productos solo pueden ser prestados por las personas o empresas registradas o autorizadas por el Banco de España y qué denominaciones pueden utilizar, así como los riesgos que asumimos si contratamos con sujetos no autorizados.

Por ello, vamos a publicar durante las siguientes semanas una serie de posts para familiarizarnos con los siguientes conceptos:

  • Reserva de actividad
  • Reserva de denominación
  • Captación de fondos reembolsables del público
  • Servicios de pago
  • Intermediación y concesión de crédito inmobiliario

 

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