Préstamos personales: penalizaciones por falta de forma

En un criterio anterior ya te dimos una serie de consejos prácticos a la hora de contratar un préstamo personal. Entre otras cosas, te recomendamos que te fijaras, especialmente, en la información precontractual que se te entregara o en si tu contrato incluía determinadas condiciones.

Pero, ¿qué es lo que pasa si no te entregan la información precontractual? ¿Y si a tu contrato le falta alguna cláusula o tiene inexactitudes? Pues bien, la normativaAbre en ventana nueva prevé determinadas penalizaciones:

  • Si no te entregan la información precontractual, tu contrato será anulable.

  • Si tu contrato no consta por escrito en papel o en otro soporte duradero, también será anulable.

  • Si tu contrato no hace referencia a la TAE, solo deberás abonar el interés legal en el plazo pactado.

  • Si tu contrato no especifica el importe de los pagos del crédito, solo deberás abonar su nominal, en los plazos convenidos. Si, además, el documento no refleja estos plazos, no se te podrá exigir su pago hasta que finalice el crédito.

  • Si lo que ocurre es que las condiciones del contrato son inexactas, pueden acordarse consecuencias como las vistas anteriormente –excepto la anulabilidad del contrato– en función del perjuicio que se te haya causado.

En definitiva, como puedes comprobar, la normativa te protege. Aunque, recuerda: son los tribunales los que tienen la última palabra en estos casos. No obstante, no está de más fijarse bien antes de firmar el contrato, y evitar así situaciones indeseables.

 

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