Compensación o comisión por reembolso o amortización anticipada total o parcial de una hipoteca
Si decides reembolsar a tu entidad parte o todo el importe de la deuda hipotecaria antes de su vencimiento, la entidad, además de tener que ajustar la operación tras el reembolso, dejara de cobrar los intereses y las comisiones que venía cobrando mientras la hipoteca estaba viva. Para compensar lo que deja de ganar, podrá cobrarte una comisión o compensación.
¿Qué requisitos se deben cumplir para poder cobrarla?
- Esta comisión, es un porcentaje establecido por ley.
- Haber firmado la hipoteca después del 16 de junio de 2019 o haber realizado una subrogación o novación tras esa fecha.
- Dependiendo del tipo de préstamo y del momento en que se produzca el reembolso, el porcentaje a cobrar puede cambiar.
- En esta tabla te mostramos cuánto puede cobrarte tu entidad.
COMISIÓN O COMPENSACIÓN MÁXIMA EN CASO DE REEMBOLSO O AMORTIZACIÓN ANTICIPADA TOTAL O PARCIAL
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Si has firmado tu préstamo antes del 16 de junio de 2019, o bien si has realizado una subrogación o novación antes de esta fecha, te será de aplicación la Compensación o comisión de cancelación o amortización anticipada de una hipotecaAbre en ventana nueva.