Discriminación de IBAN: ¿Qué es y cómo actuar si me ocurre?

30/04/2025

Si dispones de una cuenta de pagos en euros abierta en un banco, entidad de pago o entidad de dinero electrónico de la Unión Europea, puedes recibir o realizar pagos y domiciliar recibos a cualquier otra cuenta de la UE, independientemente del país donde se encuentre la entidad y del IBAN que la identifique.

Como ya hemos explicadoAbre en ventana nueva, el IBAN es un código alfanumérico que identifica las cuentas de pago con una combinación única de números y letras. Los dos primeros dígitos identifican el país de residencia de la entidad que ofrece la cuenta. Por ejemplo, en España el IBAN comienza con las letras ES, seguidas de 22 números. En otros países, puede tener hasta 34 dígitos.

En ocasiones, una empresa, profesional o administración pública de un país de la UE se ha negado a recibir pagos o domiciliaciones desde una cuenta cuyo IBAN no se corresponde con el de su país.

Esta práctica es una fuente habitual de reclamaciones, es ilegal y contraviene el artículo 9 del Reglamento (UE) nº 260/2012Abre en ventana nueva.

¿Qué puedo hacer si mi IBAN está siendo discriminado?

Puedes tomar las siguientes medidas:

  1. Infórmales que están obligados a aceptar cuentas de pago con IBAN de cualquier país de la UE.
  2. Envía una reclamación formal al presunto incumplidor.
  3. Si no recibes una respuesta o no es satisfactoria, puedes reportar la presunta infracción a la autoridad competente correspondiente.

¿A qué autoridad competente puedo reclamar?

En los casos en los que el presunto infractor es un Proveedor de Servicios de Pago (PSP), como un banco o entidad de pago, o bien la discriminación de IBAN surge en la relación entre dos empresas, emprendedores o profesionales que actúan en base a sus actividades comerciales o profesionales y que no son proveedores de servicios de pago, la autoridad competente es el Banco de España. Puedes contactar en:

  1. E-mail: paymentsystems@bde.es
  2. Sitio webAbre en ventana nueva

En los casos en los que el presunto infractor sea una empresa y el perjudicado un consumidor, las autoridades competentes son las de consumo de las comunidades autónomas. 

La lista completa de los organismos responsables de garantizar el cumplimiento del Reglamento SEPA está disponible en el sitio web de la Comisión EuropeaAbre en ventana nueva.

Conclusión: Si no has podido efectuar o recibir una transferencia o no has podido pagar mediante un adeudo domiciliado desde tu número de cuenta IBAN emitido en la UE, puedes presentar una reclamación ante la autoridad competente.

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