¿Existe un límite de monedas para pagos e ingresos?

22/02/2024

¿Te has encontrado con un monedero lleno, donde guardabas las vueltas pequeñas de las compras diarias, y quieres ingresar esas monedas en tu cuenta? Y si quisiera hacer un pago, ¿me pueden decir en un comercio que no me las cogen?

Los establecimientos no están obligados a aceptar más de 50 monedas en un pago, salvo que se trate de una “caja pública”, es decir, una ventanilla que dependa de un ente u órgano del sector público.

Este límite de monedas es la norma muchas veces aplicada en la operativa diaria de los bancos, ya que el recuento de grandes sumas podría retrasar la atención al resto de sus clientes.

Si tu entidad te acepta el ingreso de un número elevado de monedas, debe facilitarte un resguardo en el que figure la cantidad entregada. Si la entidad no realiza el recuento en el momento, en ese resguardo se deberá indicar también que el abono en tu cuenta está condicionado a un recuento posterior, por si hubiera discrepancia, y el plazo para que sea efectivo.

Los profesionales de sectores como el comercio y la hostelería, que reciben en el día a día importantes cantidades de monedas, necesitan servicios especiales de caja. Las entidades se comprometen a aceptar, recontar, empaquetar y transformar la entrega periódica de moneda para su ingreso en cuenta, así como la remisión y entrega de reintegros en efectivo en moneda. Suelen derivar estos servicios a empresas subcontratadas, lo que no significa que puedan desentenderse de las incidencias que surjan por su actuación y deben responder ante el cliente, de conformidad con lo acordado.

Las entidades pueden pactar el cobro de una comisión de recuentoAbre en ventana nueva por la admisión y manipulación frecuentes de un número elevado de monedas. El cobro de dicha comisión se considera acorde a las buenas prácticas, siempre y cuando la entidad informe de ella y de su importe.

 

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