¿Qué hay detrás del término «neobanco»?
03/12/2020
«Neobanco» es un término que se emplea cada vez más, sobre todo en los medios de comunicación. A priori, podría parecer que se trata de un banco de reciente creación. Sin embargo, no siempre es así.
El término «neobanco» se suele usar coloquialmente para referirse a empresas financieras emergentes que se caracterizan por hacer un uso intensivo de tecnología (fintech). Estas entidades, al igual que la banca tradicional, suelen ofrecer servicios básicos como cuentas de pago, tarjetas o préstamos, pero lo hacen de forma exclusiva a través de canales digitales, fundamentalmente una app móvil, lo que les permite repercutir a sus clientes menores costes. No obstante, la ausencia de oficinas físicas puede suponer un inconveniente para quienes prefieren realizar las gestiones en persona.
¿Es correcto llamar «neobanco» a todas las nuevas empresas que ofrecen servicios financieros?
No siempre. En ocasiones, se usa el término «neobanco», sobre todo en los medios de comunicación, para hacer referencia a las nuevas empresas que ofrecen servicios financieros. Sin embargo, este uso no siempre es correcto ya que solo los bancos que constan autorizados como entidades de crédito pueden utilizar el término «banco» u otros similares (como «neobanco», «banking», «banker», etc.) en su denominación social u otros signos distintivos, al tratarse de una denominación reservada por ley en exclusiva para ellos.
Los bancos forman parte de las entidades de crédito (un término que incluye a bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito).
Todas las entidades de crédito están sometidas a la misma regulación y los saldos en ellas depositados están cubiertos por un Fondo de garantía de depósito (español o de la UE). Además, los bancos y el resto de entidades de crédito son los únicos que pueden captar fondos reembolsables del público (depósitos), pues es una actividad reservada en exclusiva a las entidades de crédito.
Por lo tanto, aunque coloquialmente se denomine a algunas entidades como «neobancos», puede que no sean bancos. En estos casos:
- Podría tratarse de entidades financieras fintech que oferten servicios de pago por su asociación con una entidad de dinero electrónico (EDE) o una entidad de pago ya constituida; o por haber obtenido su propia licencia de EDE o entidad de pago, o prestar exclusivamente servicios agregación de cuentas e iniciación de pagos.
Las EDE y las entidades de pago son también entidades supervisadas por el Banco de España. A diferencia de las entidades de crédito, no están afiliadas a un fondo de garantía de depósitos, pero, como garantía, deben depositar el dinero de sus clientes en cuentas especiales en bancos o bien invertir dichos fondos en activos más seguros como los de renta fija. - Podría tratarse de entidades que, a pesar de ofertar servicios financieros, no estén autorizadas ni sean supervisadas por el Banco de España. Es importante saber qué entidad está detrás de un nombre o una marca, ya que en caso de problemas, es a quién deberás acudir.
Antes de contratar servicios financieros, comprueba si la entidad está autorizada y con qué licencia opera, pues esto condiciona el tipo de servicios que puede prestar. Ocurre como con el carnet de conducir: se puede tener el de coche, pero no estar autorizado para conducir, por ejemplo, camiones o remolques.
¿Cómo puedo comprobar si una entidad está autorizada?
Un buen punto de partida es hacer una consulta al registro oficial de entidades de créditoAbre en ventana nueva que mantiene y actualiza el Banco de España. En él encontrarás los datos identificativos de las entidades supervisadas por esta institución y por el Banco Central Europeo, en el marco del Mecanismo Único de Supervisión, así como de las entidades de crédito extranjeras y filiales de entidades de crédito extranjeras autorizadas para operar en España sin establecimiento.
Si la entidad hubiera sido autorizada en otro país de la UE también puedes acudir a los registros nacionales del resto de Estados miembrosAbre en ventana nueva o al registro electrónico unificado de la Autoridad Bancaria EuropeaAbre en ventana nueva.
¿Y si tengo algún problema?
- Si se trata de una entidad autorizada española (p.e.entidad de crédito, EDE o de entidad de pago), el proceso es el habitual.
- En el caso de entidades extranjeras autorizadas en otros países de la UE es posible que, después de dirigirte a la entidad, tengas que dirigirte posteriormente a alguna institución u organismo de resolución de conflictos (ADR) del país donde se ha autorizado a esa entidad para operar, lo que puede conllevar en ocasiones dificultades con el idioma o con el derecho aplicable. La red FIN-NET puede ayudarte a localizar el sistema competente para resolver reclamaciones extrajudiciales.
- Si sospechas que se trata de una entidad no autorizada por el Banco de España para prestar los servicios que oferta, o que está utilizando indebidamente una denominación reservada, puedes comunicárnoslo a través de nuestro Canal Externo de DenunciasAbre en ventana nueva o el registro electrónico unificado de la Autoridad Bancaria EuropeaAbre en ventana nueva.