Tarjetas revolving: ¿Qué es la información precontractual y cómo te la debe facilitar tu entidad?
23/10/2020
Con suficiente antelación a la firma del contrato de la tarjeta, tenemos derecho a que la entidad o intermediario que comercializa la tarjeta nos facilite, de forma gratuita, la información precontractual necesaria para poder comparar ofertas y reflexionar antes de tomar una decisión sobre su contratación. Se trata de la información normalizada europea, conocida por sus siglas, INE, que te deben entregar en papel, formato electrónico o en otro soporte duradero.
Un consejo, no te precipites, tomate tú tiempo para estudiarla en profundidad antes de tomar una decisión
Un soporte duradero es aquel que puede ser guardado en un formato en el que no se pueda alterar su contenido. Por tanto, no será suficiente con que la entidad nos envíe un enlace o link al documento que tiene publicado en su página web.
Además de informarte de las características principales del contrato que vas a firmar, la INE sirve para que puedas compararlo con otras ofertas. Si no te han entregado esta información previa, tu contrato puede ser anulable.
La información debe presentarse en un lenguaje claro y comprensible y en un tamaño de letra legible.
La información especialmente relevante que figura en la INE tiene que aparecer de manera destacada, y deberás prestarle especial atención. Por ejemplo:
- la modalidad de pago y a la cuota con la que se emite la tarjeta
- los “costes del crédito” en términos de TIN y TAEAbre en ventana nueva de todas las modalidades de pago que ofrece la tarjeta.
- apartado de la “Tasa Anual Equivalente (TAE)” donde se incluye un ejemplo representativo para su cálculo
- apartado correspondiente a la “obligatoriedad de contratar un servicio accesorio para obtener el crédito”, donde se debe indicar si es necesario disponer de cuenta corriente en la entidad o contratar algún otro producto para adquirir la tarjeta, como por ejemplo un seguro, y, si es así, recoger el precio de dicho servicio accesorio.
Según el canal por el que contrates, deberás tener en cuenta que:
- Es habitual que en las oficinas bancarias se utilicen dispositivos digitales diseñados para que firmes sobre ellos como señal de que te han facilitado la información precontractual. En estos casos, si lo hicieras, asegúrate antes de haberla recibido.
- Fuera de la red de oficinas, generalmente en establecimientos comerciales, si se usan dispositivos electrónicos tipo tableta para mostrarte el contenido de la INE, es importante que veas su contenido íntegro. Además, el comercial tiene que facilitarte la información en papel o en otro soporte duradero y, sólo después de haberlo recibido, es cuando deberías firmar en señal de confirmación de su recepción.
- En el canal telefónico, la entidad puede remitirte la INE inmediatamente después de contratar la tarjeta, pero antes debe describirte sus características principales, entre ellas su importe, modalidades de pago, posibilidades de modificación y modo de hacerlo, cuotas mínimas o máximas posibles, duración, productos vinculados, tipo aplicable y, muy especialmente, la TAE explicada mediante un ejemplo representativo.
- En canales digitales, como la web o apps, la entidad también debe facilitarte la INE en un momento previo a la formalización del contrato. Desgraciadamente, todos estamos acostumbrados a marcar opciones como “he leído” sin haberlo hecho en realidad. Por tu interés, no lo hagas cuando contrates productos financieros.
En todo caso, recuerda que, una vez celebrado el contrato, puedes desistir de este en un plazo de 14 días naturales desde su firma, sin que sea necesaria ninguna justificación y sin penalización y de un modo tan sencillo como te resultara firmarlo.
El proceso de información precontractual es tan importante que la norma prevé que vaya acompañado de las explicaciones adecuadas por parte de la entidad. Aclaramos esto en el próximo post.