Cambio en las condiciones inicialmente pactadas
Para la modificación de las condiciones del préstamo inicialmente pactadas será necesario el acuerdo entre las partes.
El préstamo formalizado obliga a las partes en los términos pactados.
La posibilidad de modificar un préstamo ha de estar recogida en el propio contrato.
En todo caso, cualquier modificación de las condiciones contratadas requerirá el consentimiento de todas las partes implicadas, sin que exista la obligación para la entidad de aceptar aquella propuesta por el cliente.
Se ha de tener en cuenta que la modificación de condiciones del préstamo puede llevar aparejado el cobro de alguna comisión.
INFORMACIÓN RELACIONADA
CONSULTAS FRECUENTES
¿Qué ocurre si compramos un bien o contratamos un servicio y lo financiamos?
Leer respuestasobre¿Qué ocurre si compramos un bien o contratamos un servicio y lo financiamos?
¿Todas las entidades que conceden créditos están supervisadas por el Banco de España?
Leer respuestasobre¿Todas las entidades que conceden créditos están supervisadas por el Banco de España?