Solo un banco es un banco. ¿Sabías que hay ciertas denominaciones que son «reservadas»?

06/11/2025

A menudo nos encontramos que algunos términos, cuando son utilizados en el nombre comercial de un establecimiento, aportan una idea sobre las características de los productos y los servicios que ofrece.

Vamos a poner un ejemplo muy cotidiano. Si necesitamos un medicamento, acudimos a una farmacia. Adquirirlo allí nos garantiza que cumple con la normativa vigente y no supone un riesgo para nuestra salud. Pero, ¿por qué solo las farmacias venden medicamentos y no existe ningún otro establecimiento que se denomine «farmacia»? El simple hecho de ver un rótulo con la palabra «farmacia» en un local implica que se trata de un establecimiento sanitario donde se venden medicamentos de forma segura.

Igual que en el ámbito de la salud, la ley establece que en el sector financiero algunos nombres (u otros que se le parecen) solo pueden ser utilizados por determinadas empresas, y prohíbe su uso a quienes no están autorizados. Técnicamente, esto se conoce como «reserva de denominación». El objetivo de la reserva de denominación en el ámbito financiero es evitar la confusión, proteger a los usuarios de servicios financieros y asegurar que solo las entidades que cumplen con los requisitos y están bajo la supervisión del Banco de España puedan utilizar ciertas denominaciones.

Las palabras «banco» o «bank» son ejemplos de denominaciones reservadas en el ámbito bancario. Al escuchar estos términos entendemos que se trata de una entidad que recibe y presta dinero al público y que, para realizar esa actividad, ha de cumplir con una serie de requisitos establecidos en la ley.

¿Qué denominaciones reservadas supervisa el Banco de España?

Las siguientes denominaciones solo pueden ser usadas en España por entidades debidamente registradas en el Banco de España:

  • El término «banco» o similar (por ejemplo, «banking», «banca» o «banker»).
  • El término «entidad de pago» y su abreviatura «EP».
  • El término «entidad de dinero electrónico» y su abreviatura «EDE».
  • El término «establecimiento financiero de crédito» y su abreviatura «EFC».
  • El término «sociedad de garantía recíproca» y su abreviatura «SGR».

¿Cómo puedo comprobar si una entidad puede usar una denominación reservada?

Puedes consultar nuestro Registro de EntidadesAbre en ventana nueva para asegurarte de que una persona o empresa está registrada y tiene permiso para utilizar una denominación reservada. Además, puedes consultar si una persona o empresa está autorizada en otro país de la Unión Europea, en los registros nacionales del resto de Estados miembros o de los Registros de la Autoridad Bancaria EuropeaAbre en ventana nueva.

¿Qué riesgos tiene contratar un producto o servicio con alguien que usa una denominación reservada sin permiso?

Las denominaciones reservadas solo pueden ser utilizadas por algunos tipos de entidades previamente autorizadas o registradas en el Banco de España. Para obtener esa autorización las personas y empresas registradas han tenido que acreditar el cumplimiento de ciertos requisitos (capital suficiente, organización y medios adecuados, etc.) y quedan sujetas a los controles que, en cada caso, establece la normativa que resulte de aplicación.

Por ejemplo, si contratas un depósito o una cuenta bancaria con alguien que se anuncie como un banco, pero que no lo sea, no estarás protegido por el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de CréditoAbre en ventana nueva (que garantiza hasta 100.000 euros por titular y entidad) ni por las normas de transparencia que regulan los productos y servicios bancarios. Y, en caso de disconformidad con su actuación, tampoco podrás presentar una reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España.

Si sospechas que una persona o empresa no está autorizada para utilizar una denominación reservada, puedes comunicárnoslo a través de nuestro Canal Externo de DenunciasAbre en ventana nueva.

Did you find this information useful?