Una hipoteca con dos inmuebles como garantía

07/03/2024

Cuando terminamos de pagar una hipoteca, llega el momento de cumplir con las gestiones oportunas para su cancelación registralAbre en ventana nueva. Y esto es así en la mayoría de los casos, cuando la garantía de la hipoteca recae sobre un único inmueble, como puede ser nuestra vivienda.

¿Pero qué ocurre si, como garantía para un préstamo, se han hipotecado varias fincas o inmuebles?, ¿podemos cancelar la carga hipotecaria de solo una de las fincas si el importe abonado del préstamo iguala o supera el importe garantizado por ese bien?

En estos casos, si se ha pactado una única hipoteca sobre todos los inmuebles, no es posible la liberación únicamente de uno de ellos, aunque se haya pagado por completo la carga hipotecaria correspondiente a ese bien, salvo que se lo propongamos a la entidad y esta acceda a la petición.

Ponemos un ejemplo para clarificarlo. Imagina que has pedido un préstamo hipotecario con la garantía de tu vivienda habitual y de una segunda residencia. Aunque ya hayas pagado un importe del préstamo que supera el valor garantizado de esa segunda residencia, no podrás dejarlo libre de cargas hasta que termines de pagar todo el préstamo hipotecario, salvo que la entidad esté de acuerdo en ello.

La hipoteca es indivisible y el reparto de la responsabilidad hipotecaria entre cada inmueble solo determina el importe máximo por capital, intereses, costas y gastos por el que se puede ejecutar cada una de ellas.

 

Si quieres más información sobre la opinión del Banco de España respecto a la “Liberación de fincas hipotecadas”, puedes consultar la página 374 de la Memoria de Reclamaciones del Banco de España del año 2022Abre en ventana nueva.

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