¿Qué hacer si me roban o me clonan la tarjeta?
22/02/2019
En el metro, en una terraza, haciendo compras… debemos ser precavidos para que, en un momento de descuido, no nos roben el bolso o la cartera.
Pero, ¿qué ocurre si, a pesar de ello, somos víctimas de un robo y nos sustraen la tarjeta bancaria? ¿O si la clonan y utilizan sus datos para hacer cargos no autorizados en mi nombre? ¿Qué puedo hacer?
Lo primero, mantener la calma. Y a continuación, seguir los siguientes pasos:
- Avisa inmediatamente a la entidad emisora para que proceda a su bloqueo. Seguramente, en la propia tarjeta bancaria venga escrito el número de teléfono. Te aconsejamos que lo registres en tu agenda de contactos, por si lo necesitas.
- Interpón la correspondiente denuncia a la Policía.
- Comprueba los movimientos de tu cuenta, por si ha existido un uso fraudulento de la tarjeta.
- Si han hecho compras o pagos con ella, ponlo en conocimiento de la entidad emisora lo antes posible.
¡Avisar cuanto antes a la entidad es de la máxima importancia!
Avisar cuanto antes a la entidad del uso no autorizado de la tarjeta (por robo, clonación o extravío) es de la máxima importancia, ya que:
-
Desde que cursemos dicho aviso, no soportaremos consecuencia económica alguna por el uso no autorizado de nuestra tarjeta.
-
Hasta que cursemos el aviso, en el caso de robo, extravío o apropiación indebida de la tarjeta, podríamos tener que soportar las pérdidas derivadas del uso no autorizado de ésta hasta un límite máximo de 50 euros. Si nos clonan la tarjeta, no tendremos que soportar coste alguno.
Eso sí: tendremos que asumir nosotros todas las pérdidas derivadas de operaciones no autorizadas con la tarjeta si hemos actuado con negligencia grave. Por ejemplo, si no hemos custodiado convenientemente el número secreto o PIN de la tarjeta (al llevarlo, por ejemplo, escrito en un papel junto a ella) o si no hemos avisado inmediatamente de su pérdida o desaparición en cuanto hayamos tenido conocimiento de ello.
Tras nuestro aviso, y mientras la entidad investiga los hechos, deberá devolvernos de inmediato (a más tardar, al final del día hábil siguiente a la notificación) el importe de las operaciones no autorizadas, con la misma fecha valor que la del adeudo no autorizado.