Cómo abrir una cuenta para menores de edad

17/02/2022

Abrir una cuenta a nombre de un menor de edad (hijos, nietos…) es una costumbre frecuente. De hecho, algunas entidades ofrecen cuentas corrientes y cuentas de ahorro dirigidas específicamente a ellos, sin costes o con comisiones reducidas o gratuitas y que permiten, a partir de una determinada edad, el uso de tarjetas.

Un menor no tiene capacidad legal para firmar, salvo que sea mayor de 16 años y esté emancipado, por lo que es necesario que sus representantes legales (los padres, normalmente) estén presentes en el momento de la apertura de la cuenta.

Si el representante legal del menor no fueran sus padres, se deberá acreditar la capacidad legal de representación, por ejemplo, mediante una sentencia judicial.

Aunque el propietario de los fondos depositados es el menor, los representantes pueden realizar ingresos, reintegros y otras operaciones en la cuenta. Cuando el menor alcanza la mayoría de edad, podrá operar por sí mismo con total normalidad. Por supuesto, el representante legal también podría inscribirse como titular de la cuenta, siendo, en este caso, copropietario de los fondos, con todas las consecuencias legales y fiscales que conlleva.

Disponer de una cuenta desde edades tempranas puede ser una forma de contribuir a la educación financiera de los jóvenes, de acercarles a la gestión responsable de sus finanzas personales y comenzar a fomentar la costumbre de ahorrar y organizar sus pequeños gastos.

 

Consulta nuestra sección de Cuentas para saber más.

¿Te ha parecido útil esta información?