Características
El cheque se utiliza para pagar sin necesidad de utilizar dinero físico. El librador y beneficiario pueden ser una misma persona, es lo que ocurre cuando el cheque se utiliza para sacar dinero de una cuenta.
Las características más importantes del cheque son:
- Es un documento pagadero cuando se presenta y que se hará efectivo siempre que haya dinero en la cuenta, incluso aunque se presente antes de la fecha de emisión.
- El importe se escribe dos veces, en número y en letra, y en caso de discrepancia prevalece la cifra en letra.
- Si los fondos del emisor no son suficientes para cubrir la todalidad del importe, la entidad lo ha de pagar parcialmente.
- La presentación al cobro cuando hayan de pagarse en España, se hará en:
-
- 15 días desde su fecha de emisión para los emitidos y pagaderos en España
- 20 días para los emitidos en el resto de Europa
- 60 días para los emitidos en el resto del mundo
- Pasados dichos plazos, la entidad, teniendo en cuenta todas las circunstancias (existencia o no de saldo en la cuenta, tiempo transcurrido, etc.) puede, si lo desea, pagar el cheque que se presente al cobro, salvo que haya sido revocado.
Para que sea válido, el cheque ha de incluir:
- La palabra “cheque”.
- La orden de pagar la suma que en él se indique.
- El nombre de la entidad de crédito que ha de pagar (librado).
- La firma de quien expide el cheque (librador).
Otros requisitos no esenciales son:
- La fecha de emisión. Serán válidos los cheques emitidos sin fecha (la pondrá después el beneficiario) así como los “postdatados” o “antedatados”, es decir, aquellos con fecha posterior o anterior a la de expedición. Nada impide presentar al cobro y cobrar un cheque que tenga una fecha de emisión anterior a la del día de la presentación.
- El lugar de pago y el lugar de emisión.
- El beneficiario. Si no consta, el cheque se considera emitido al portador.
-
Si eres el librador o emisor:
- Tu entidad ha de pagar el cheque total o parcialmente, si tienes fondos en tu cuenta.
- Transcurrido el plazo de presentación, puedes revocar o cancelar el cheque, es decir impedir que tu entidad lo pague.
Si eres el beneficiario o tenedor:
- Puedes endosar o transmitir el cheque a otra persona, salvo pacto en contrario (si viene con la cláusula “no a la orden”).
- Presentar el cheque al cobro y cobrarlo.
- Protestar o acreditar el impago, en caso de que el cheque se devuelva habiéndolo presentado en plazo. También tienes derecho a reclamar el pago.
- Recibir el documento de liquidación correspondiente, si el cheque se cobra con abono en cuenta bancaria.
-
Si eres el librador o emisor:
- Debes mantener fondos suficientes en tu cuenta.
- Debes custodiar cuidadosamente el talonario.
Si eres el beneficiario o tenedor:
- Pagar las comisiones bancarias correspondientes.
- Entregar el cheque cuando recibas su importe de la entidad.
- Si quieres cobrar el cheque, sería aconsejable que lo presentaras al cobro en el plazo de presentación establecido para ello.
CONSULTAS FRECUENTES
¿Un cheque prescribe?
Leer respuestasobre¿Un cheque prescribe?
¿Cuándo se puede disponer del importe de un cheque ingresado en nuestra cuenta?
Leer respuestasobre¿Cuándo se puede disponer del importe de un cheque ingresado en nuestra cuenta?