¿Quiénes pueden solicitarla?
Todas las entidades de crédito que ofrezcan cuentas de pago estarán obligadas a ofrecer cuentas de pago básicas a aquellos potenciales clientes que:
- Residan legalmente en la Unión Europea, aunque no tengan domicilio fijo.
- Sean solicitantes de asilo.
- No tengan un permiso de residencia pero su expulsión sea imposible.
¿Hay algún motivo por el que se te pueda denegar la contratación de este tipo de cuentas?
- Que ya seas titular en España de una cuenta corriente.
- Que la apertura de la cuenta sea contraria a los intereses de la seguridad nacional o de orden público.
- Que no aportes la información que te solicite la entidad para cumplir con sus obligaciones en materia de blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo.