Cuentas y depósitos

  • Actualmente, puedes solicitar a la entidad receptora de la cuenta el cambio de entidad y la entidad de origen debe facilitar el traslado de la cuenta de manera ágil y eficaz.

    Los proveedores de servicios de pago deberán colaborar activamente e intercambiar toda la información que resulte necesaria, entre sí y con el propio cliente para que el traslado de la cuenta llegue a buen fin. Igualmente, ejecutarán, en su caso, una orden de pago del saldo acreedor existente en la cuenta de pago que se traslada.

    Además, si el traslado de cuenta de pago tiene lugar entre distintos proveedores de servicios de pago que operen en España, o dentro del mismo proveedor, no te supondrá ningún coste.

  • Si el depósito a plazo tiene régimen de disposición solidario o indistinto, cualquiera de los titulares puede disponer del mismo como si fuese el único titular.

    Sin embargo para la cancelación del depósito será necesario el consentimiento de todos los titulares salvo que se acredite la existencia de pactos o condiciones en otro sentido.

  • Las entidades de depósito españolas están adheridas al Fondo de Garantía de DepósitosAbre en nueva ventana español, por lo que los depósitos y cuentas, cuentan con una garantía de 100.000 euros por titular, con independencia del número y clase de depósitos que se mantenga en la entidad.

    También están adheridas al Fondo de Garantía de DepósitosAbre en nueva ventana español las sucursales de entidades bancarias autorizadas en un país no miembro de la Unión Europea, si los depósitos o valores garantizados no están cubiertos por un sistema de garantía en el país de origen, o si dicha cobertura resulta inferior, a fin de cubrir la diferencia.

  • Los menores de edad solo pueden abrir cuentas a través de sus representantes legales, que por regla general serán los padres y que podrán efectuar ingresos, reintegros y demás operaciones en la cuenta, los dos o uno solo de ellos, con el consentimiento expreso o tácito del otro.

    No pueden abrir cuentas en nombre del menor, los abuelos, hermanos u otros familiares.

    Los padres pueden ser privados total o parcialmente de la patria potestad por sentencia judicial; en casos de separación o divorcio, puede suceder que los progenitores acuerden en el convenio regulador, o que se decida judicialmente, que la patria potestad sea ejercida total o parcialmente por uno de los cónyuges.

    Cuando el menor cumple 18 años, podrá hacer uso de la cuenta como cualquier otro titular.

  • Con carácter general puedes solicitar a tu banco la retirada de efectivo en cualquiera de sus oficinas. Si lo haces en una diferente a la de apertura de tu cuenta, el banco deberá, una vez te haya identificado, efectuar las comprobaciones necesarias para asegurarse de que entregan los fondos legítimamente.

  • En el Banco de España no existe ningún registro de las cuentas bancarias que mantienen los clientes de las entidades de crédito.

    No obstante, en el caso de fallecimiento de un titular, para conocer las cuentas que tenía el fallecido, se puede acudir, siempre acreditando la condición de herederos, a la Administración Tributaria, para recabar datos sobre los rendimientos financieros que se le hubieran imputado al fallecido y que por tanto deberían haber sido comunicados a Hacienda por la entidad o entidades donde tuviera cuentas.

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