Solicitud y documentación necesaria
Una vez informado, el cliente deberá presentar una solicitud junto con la documentación que acredite que se cumplen los requisitos, tanto los relativos al umbral de exclusión como a los límites del precio de la vivienda.
Documentación sobre los ingresos que perciben los miembros de la unidad familiar
- Certificado de rentas, y en su caso, certificado de la presentación del Impuesto de Patrimonio, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, en su caso, con relación al último ejercicio tributario.
- Últimas tres nóminas percibidas.
- Certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones, en el que figure la cuantía mensual percibida en concepto de prestaciones o subsidios por desempleo.
- Certificado acreditativo de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción, ingreso mínimo vital o ayudas análogas de asistencia social concedidas por el Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales.
- En caso de trabajador por cuenta propia, si estuviera percibiendo la prestación por cese de actividad, el certificado expedido por el órgano gestor en el que figure la cuantía mensual percibida.
Documentación sobre el número de personas que habitan la vivienda
- Libro de familia o documento acreditativo de la inscripción como pareja de hecho.
- Certificado de empadronamiento de las personas empadronadas en la vivienda, con referencia al momento de la presentación de los documentos acreditativos y a los seis meses anteriores.
- Declaración de discapacidad, de dependencia o de incapacidad permanente para realizar una actividad laboral.
Documentación sobre la titularidad de los bienes
- Certificados de titularidades expedidos por el Registro de la Propiedad en relación con cada uno de los miembros de la unidad familiar.
- Escrituras de compraventa de la vivienda y de constitución de la garantía hipotecaria y otros documentos justificativos, en su caso, del resto de las garantías reales o personales constituidas, si las hubiere.
Declaración responsable del deudor o deudores, según el modeloAbre en ventana nueva aprobado por la Comisión de control.
En el caso de que el banco tenga en su poder datos o documentación acreditativa sobre alguno de los extremos referidos anteriormente, el deudor estará exonerado de su acreditación ante la entidad.
Además, el deudor podrá autorizar al banco, expresamente y por escrito, a que obtenga información directamente de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Entidades Gestoras de la Seguridad Social y Registros de la Propiedad y Mercantiles.
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